El pasado viernes 28 de marzo se publicó en el Boletín Oficial del Estado la nueva reforma en las leyes que regulan el comercio electrónico en España (podéis leerlo aquí)
Esta reforma tiene como principal objetivo que se informe al usuario con mayor claridad y evitar cualquier abuso por parte del comercio (sobre todo en lo que se refiere a las llamadas comerciales o la aceptación de contratos de forma remota)
Al margen de los beneficios que pueda aportar al usuario, hay una serie de medidas que afectan directamente a la experiencia del usuario o al funcionamiento mismo de las páginas web que se dediquen al e-commerce. Detallamos algunos de los principales cambios que trae consigo esta nueva ley del comercio electrónico.
Más información al consumidor
A partir de ahora, la tienda debe informar al usuario previamente de todos los aspectos referentes a la prestación del servicio:
- Características del mismo.
- Precio completo (incluyendo tasas, impuestos…).
- Plazos de entrega (y derechos si se exceden los plazos pactados).
- Costes de devolución (en caso de existir).
Otro tema que también se tiene que informar que el usuario tiene 14 días para devolver un producto si no está conforme. Si en la tienda no se especifica este hecho, el plazo pasará a ser de un año y 14 días. Si en tu web no especificas ya que el usuario tiene 14 días para desistir de la compra puedes encontrarte devoluciones en plazos mucho más amplios.
Este, y otros detalles, hacen necesario que se revisen todos los términos y condiciones de uso de nuestra página web para evitar que no se nos haya olvidado nada, ya que a partir de ahora no podemos dejar nada por supuesto.
Cambios en el proceso de entrega y posible devolución del producto
En la nueva reforma se regulan pasos del proceso de envío del producto.
A partir de ahora, y si no hay un acuerdo previo entre las dos partes, la tienda tiene un máximo de 30 días para enviar el producto al usuario. En caso contrario, el consumidor podría resolver el contrato sin penalización por su parte.
Otro tema importante es el proceso de devolución. En caso de no informarse adecuadamente de los costes de devolución de un producto (y si tiene que asumirlos el usuario o no) por defecto el usuario NO deberá pagar nada por la devolución de un producto.
Limitaciones a la hora de contactar comercialmente y realizar contratos a distancia
Una de las reformas más esperadas por los usuarios era la que regulará los horarios en los cuales se puede llamar para realizar acciones comerciales, así como los servicios contratados a través de éstas.
Con esta reforma, se limita el horario de llamadas comerciales de 9 a 21 horas y se tiene que dejar claro que la llamada es comercial (identificando tanto la empresa como el objetivo).
De esta manera, ahora legalmente no se podrá constituir un contrato para dar de alta un servicio únicamente presentando una grabación del usuario, sino que a este se le debe facilitar una copia por escrito de todo lo que se ha contratado, y no se dará de alta hasta que no se devuelva firmado al empresario (ya sea en papel, correo electrónico, fax o sms).
Esto es un resumen de todo lo que se ha aprobado. Recomendamos encarecidamente que se lea el artículo completo en la web del BOE para saber exactamente cuales son los puntos que afectan directamente a tu modelo de negocio y evitar posibles problemas en el futuro.
Gracias por la información ya que muchos de nosotros aún no nos hemos puesto al día en relación al nuevo Reglamento de Proteccion de Datos. Un saludo!!